q dice el codigo de comercio al respeto en el articulo 51

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Respuesta dada por: adameshilvania
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Artículo 51.- Eficacia y prueba de los contratos mercantiles

Serán válidos y producirán obligación y acción en juicio los contratos mercantiles, cualesquiera

que sean la forma y el idioma en que se celebren, la clase a que correspondan y la cantidad

que tengan por objeto, con tal que conste su existencia por algunos de los medios que el

derecho civil tenga establecidos. Sin embargo, la declaración de testigos no será por sí sola

bastante para probar la existencia de un contrato cuya cuantía exceda de doscientos soles, a

no concurrir con alguna otra prueba.

La correspondencia telegráfica sólo producirá obligación entre los contratantes que hayan

admitido este medio previamente y en contrato escrito, y siempre que los telegramas reúnan

las condiciones o signos convencionales que previamente hayan establecido los contratantes,

si así lo hubiesen pactado

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