Respuestas
RESPUESTA:
Una madre pagará 3.500 euros por las amenazas sexuales de su hija a otra niña en un chat
La víctima, una niña de 12 años de Valencia, recibió mensajes en los
que la otra pequeña le coaccionaba haciéndose pasar por un hombre
R. García Valencia 30.07.2013 | 00:00
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, ha condenado a una procuradora asturiana, que deberá pagar 3.448 euros a los padres de una menor, vecina de Valencia, a la que la hija de la trabajadora amenazó en varias ocasiones a través de un chat de internet.
La víctima y agresora se conocieron -tal y como relatan los jueces en su sentencia- en un chat juvenil que ambas frecuentaban. La hija de la ahora condenada, de 12 años, envió varios mensajes a la denunciante haciéndose pasar por un hombre y anunciando "una inminente agresión sexual". La menor valenciana, de la misma edad que la adolescente acusada, sufrió "estrés, miedo y angustia" como consecuencia de la situación a la que se vio sometida tras recibir estas amenazas, de las que alertó a sus padres desde un primer momento.
Después de investigar la denuncia, la Policía Nacional señaló a la procuradora como responsable de los hechos. La letrada aseguró ante los agentes que las amenazas habían sido obra de su hija de 12 años.
La fiscalía de menores archivó la causa "al ser la autora de los hechos menor de 14 años", mientras la madre de la acusada trató de zanjar el tema pidiendo "que se transmitieran sus disculpas a los padres de la denunciante". Una actitud que ahora los magistrados tachan de insuficiente, dándoles la razón a los demandantes y obligando a la procuradora a asumir los gastos psicológicos que generó la actitud de su hija. "Es un hecho no discutido que fue su hija quien envió unos mensajes en los que la joven manifestaba ser un varón y en los que se infieren de forma clara amenazas de agresión sexual con la utilización de expresiones insultantes y obscenas", argumentan los magistrados citando una sentencia del Supremo en la que se expone la responsabilidad de los padres en las actuaciones de sus hijos.
"El cuidador del menor responde de los daños que éste cause, pues con su falta de cuidado creó el riesgo de una conducta nociva del menor traducida en un daño efectivo y real", aseguran los jueces, que califican de "acreditada" la existencia del daño moral que se generó a la denunciante sobre todo durante el tiempo que los agentes tardaron en identificar a la autora de las amenazas.
La familia valenciana pedía, además, que la mujer corriera con el gasto de los días que el padre de la víctima -comandante de líneas aéreas- no pudo trabajar por atender a su hija. Un extremo que no aprueban sin embargo los jueces.