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Respuesta: no tengo idea
Explicación:
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Que, el artículo 3 de la Constitución de la República establece como deber primordial
del Estado planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el
desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza para
acceder al buen vivir;
Que, el artículo 85 de la Constitución de la República define a las políticas públicas
como garantías constitucionales de los derechos, y por tanto es necesario establecer
los roles que ejercen los distintos actores públicos, sociales y ciudadano en el ámbito
del proceso de formulación, ejecución, evaluación y control;
Que, es necesario regular los procesos, instrumentos e institucionalidad del Sistema
Nacional Descentralizado de Planificación Participativa establecido en el artículo 279
de la Constitución de la República y su relación con las instancias de participación
establecidas en el artículo 100 de la Constitución de la República, en la Ley Orgánica
de Participación y en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y
Descentralización, en el marco de los procesos de política pública y planificación de
todos los niveles de gobierno en el ámbito de sus circunscripciones territoriales y en
el marco de sus competencias propias;
Que, el artículo 280 de la Constitución de la República establece que el Plan Nacional
de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y
proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la
inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias
exclusivas entre el Estado Central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su
observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los
demás sectores. Por tanto es necesario regular la aplicación de los principios de
sujeción coordinación establecidos constitucionalmente;
Que, el artículo 283 de la Constitución de la República establece que el sistema
económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende
a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía
con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las
condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir;
Que, el artículo 284 de la Constitución de la República establece los objetivos de la
política económica, entre los que se encuentran: el asegurar una adecuada
distribución del ingreso y de la riqueza nacional; incentivar la producción nacional, la
productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento
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