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El Presidente de la Nación, de acuerdo a las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4) de la Constitución Nacional, nombra a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública convocada al efecto.
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