Respuestas
Respuesta:
A los efectos de la presente Ley, las obras científicas, literarias y artísticas
comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de
computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras
dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas,
coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos
y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y
mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas, en fin, toda producción científica,
literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción.
La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos
de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y
conceptos en sí.
Explicación: