Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Se considera venta no sedentaria la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comerciales desmontables o transportables.
Explicación:
paso a paso
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
Respuesta: Se considera venta no sedentaria la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comerciales desmontables o transportables.
Explicación:
espero te sirva
assasin14:
gracias
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años