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Respuesta dada por:
3
Respuesta:
Remuneraciones no superiores al doble del SALARIO MINIMO VITAL mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último. 2. Retribuciones superiores al doble del SALARIO MINIMO VITAL mensual, hasta el veinte por ciento (20%).
Explicación: ESPERO TE AYUDE :) DAME CORONITA
centurionguada12:
gracias
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