• Asignatura: Salud
  • Autor: daniel3668
  • hace 6 años

AYUDAAAAAAAAAAAAAAA PORFAVOR LO NECESITO HOY DOY CORONA Y PUNTOS:
¿Cuál es el decreto y el artículo que nos habla de las agresiones y cuáles son las agresiones estipuladas en éste decreto? Enumeralos y explicalos.
ayudenme


elizabethurseguia: Corona
daniel3668: y como?
daniel3668: ??????
hannaduran2009: como hasi
hannaduran2009: hay dos respuesta de que habalas
daniel3668: no se de que esta hablando elizabethurseguia
hannaduran2009: yo tampoco
daniel3668: y como ella me va a dar 50 o 1000 a mi?
daniel3668: yo creo que eso no se puede
hannaduran2009: que explique biien

Respuestas

Respuesta dada por: hannaduran2009
2

Respuesta:

Explicación:

“Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de

Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación

para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en particular las previstas, en el

artículo 189 Numeral 11 de la Constitución Política, en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998 y

en desarrollo de la Ley 1620 de 2013 y,

CONSIDERANDO

Que la Ley 1620 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación

para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar.

Que el Gobierno Nacional reconoce que uno de los retos que tiene el país, está en la

formación para el ejercicio activo de la ciudadanía y de los Derechos Humanos, a través de

una política que promueva y fortalezca la convivencia escolar, precisando que cada

experiencia que los estudiantes vivan en los establecimientos educativos, es definitiva para el

desarrollo de su personalidad y marcará sus formas de desarrollar y construir su proyecto de

vida. Y que de la satisfacción que cada niño y joven alcance y del sentido que, a través del

aprendizaje, le dé a su vida, depende no sólo su bienestar sino la prosperidad colectiva.

Que para la implementación y cumplimiento de lo consagrado en la Ley 1620 de 2013, se

requiere regular la organización y funcionamiento del Comité Nacional de Convivencia

Escolar; de los Comités municipales, distritales y departamentales de Convivencia Escolar y

de los Comités Escolares de Convivencia.

Que la Ley 1620 de 2013 establece como herramientas del Sistema Nacional de Convivencia

Escolar y formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la

prevención y mitigación de la violencia escolar: i) el Sistema de Información Unificado de

Convivencia Escolar y ii) la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus

protocolos de atención. Por lo anterior, se requiere de un desarrollo normativo que permita

fijar la conformación y funcionamiento del Sistema de Información Unificado y establecer las

pautas mínimas sobre cómo aplicar la Ruta y los protocolos, para prevenir y mitigar las

situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos,

sexuales y reproductivos.

Que se requiere contar con la articulación de las entidades y personas que conforman el

Sistema Nacional de Convivencia Escolar, la familia y la sociedad, de tal forma que se creen

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