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hola amiga la respuesta a tu pregunta es la siguiente:
– Brevedad en su constitución: una sociedad anónima puede ser creada en un plazo de 3 días hábiles y los requisitos para su constitución son sencillos.
– Constitución a Distancia: una Sociedad la puede constituir cualquier persona, sin necesidad de ser panameño ni residir en el país.
PD:espero y esta informacion te ayude
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graciaaaaaaas jajajajajajaja
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