Respuestas
Respuesta:
n nombre de Dios omnipotente! El pueblo suizo y los cantones, Conscientes de su responsabilidad frente a la Creación aspirando a renovar la Confederación afín de fortalecer libertad, democracia, independencia y la paz en un espíritu de solidaridad y apertura hacia el mundo, deseando y convivir en unidad con respeto mutuo y en consideración su diversidad, conscientes de los logros comunes y de la responsabilidad frente a las generaciones futuras sabiendo que sólo es libre el que utiliza su libertad y que la fuerza de una comunidad se mide en el bienestar de los menos afortunados, se otorgan la siguiente constitución:
Título 1: Disposiciones Generales
Art. 1 Confederación Suiza El pueblo Suizo y los cantones de Zurich, Berna, Lucerna, Uri, Schwyz, Unterwalden (Alto y bajo), Glaris, Zug, Friburgo, Soleura, Basilea (Ciudad y Campo), Schaffhausen, Appenzell (las dos Rodas), Saint-Gall, Grissones, Argovia, Turgovia, Tesino, Vaud, Valais, Neuchatel, Ginebra y Jura forman la Confederación Suiza.
Art. 2 Objetivo 1 La Confederación protege la libertad y los derechos del pueblo y garantiza la independencia y seguridad del país. 2 Promueve la prosperidad común, el desarrollo duradero, la cohesión interna y la diversidad cultural del país. 3 Vela por la igualdad de oportunidades posible entre los suizos y las suizas. 4 Se compromete a favor de la conservación duradera de las condiciones de vida naturales y de un pacífico y justo Orden Internacional.
Art. 3 Cantones Los cantones son soberanos en los límites de la Constitución Federal y, como tales, ejercerán todos los derechos no delegados al poder federal.
2
Art. 4 Idiomas nacionales Los idiomas nacionales son el alemán, el francés, el italiano y el retorromano.
Art. 5 Principios del Estado de Derecho 1 El fundamento y límite de la soberanía estatal es el derecho. 2 La actividad estatal interviene en el interés público y es proporcional. 3 Los órganos públicos y privados actuarán conforme a los principios de buena fe. 4 La Confederación y los cantones respetarán el Derecho Internacional.
Art. 6 Responsabilidad de la persona y de la sociedad Toda persona es responsable de sí misma y asumirá conformemente a su capacidad tareas sociales y estatales.
Título 2º: Derechos Fundamentales, Ciudadanía y objetivos Sociales Capítulo 1: Derechos Fundamentales
Explicación:
Respuesta:
gracias por los puntos