Respuestas
Respuesta:Artículo 30. Toda persona puede, por sí o por medio de representante, interponer una denuncia ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva o ante el Tribunal, en contra de cualquier persona sujeta a la aplicación de esta Ley, sobre hechos que pudieren constituir infracciones a los deberes o prohibitorio sen éticas.
Explicación:si te sirve ponme como la mejor respuesta
por favor
Respuesta:Cualquier persona u organismo de protección ética puede establecer una denuncia ante la comisión o tribunal ética gubernamental. Las principales razones por la que los casos de violaciones éticas pueden prescribir son:
*Denuncias que tienen en archivo periodos de tiempo muy grande.
*Denuncias en las cuales no se presentan causas justificadas.
*Denuncias que no pasaron por lucha en tribunal sino que se archivaron.
Tengamos en cuenta que estos procesos legales dependen del país en donde se haga la denuncia.
Explicación: