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TOQUE DE QUEDA Y SU DIFERENCIA CON EL ESTADO DE EMERGENCIA
El abogado penalista Mario Amoretti explica que un toque de queda implica el establecimiento de un horario (de toque a toque) en la que queda terminantemente prohibido el libre tránsito. El anuncio del Vizcarra no lo incluye; sin embargo, las salidas de los ciudadanos de sus viviendas se deben limitar solo a actividades puntuales que han sido previstas en el anuncio presidencial (compra de alimentos, atención médica).
“Se puede salir con la indicación de que voy a comprar, al hospital, a un centro de salud o por una cuestión laboral de urgencia. No hay esa prohibición que sí hay un toque de queda”, explica el letrado.
Asimismo, los ciudadanos no deben ignorar que el incumplimiento de esta medida acarrea sanciones penales. Amoretti explica que en un caso de desobediencia a la autoridad las penas van de tres a seis años de cárceL.
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