AYUDA URGENTE POR FAVOR PERSONAS DE BRANLY :CONSULTA EN LA CONSTITUCION SOBRE LA DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL (ARTICULO 356 A 358) LUEGO COMPLETA EL SIGUIENTE CUADRO: EL SITUADO DEL ESTADO DESTINADO A DEPRTAMENTO Y DISRIBUCIONES MUNICIPIOS % EN QUE EMPLEARLOS % EN QUE EMPLEARLOS
Respuestas
Respuesta:
incorporarán en él la retención del impuesto a las ventas y todos los demás recursos que la nación transfiere directamente para cubrir gastos en los citados niveles de educación. La ley fijará los plazos para la cesión de estos ingresos y el traslado de las correspondientes obligaciones, establecerá las condiciones en que cada departamento asumirá la atención de los mencionados servicios y podrá autorizar a los municipios para prestarlos directamente en forma individual o asociada.
No se podrán descentralizar responsabilidades sin la previa asignación de los recursos fiscales suficientes para atenderlas. Un quince por ciento del situado fiscal se distribuirá por partes iguales entre los departamentos, el distrito capital y los Distritos de Cartagena, Santa Marta y Barranquilla.
El resto se asignará en proporción al número de usuarios actuales y potenciales de los servicios mencionados, teniendo en cuenta, además, el esfuerzo fiscal ponderado y la eficiencia administrativa de la respectiva entidad territorial. Cada cinco años la ley, a iniciativa de los miembros del Congreso, podrá revisar estos porcentajes de distribución.
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