Respuestas
Artículo 55. - Son requisitos para ser elegidos senador: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
Coronita por fas :3
Respuesta:
Por su parte, el artículo 177 de la Constitución Política señala que para ser elegido Representante a la Cámara se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección.
La Constitución en su Artículo 179 señala las restricciones de los ciudadanos para aspirar a una curul en el Congreso de la República y el Parlamento Andino:
1. Quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.
2. Quienes hubieren ejercido, como empleados públicos, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de la elección
Explicación:
estos son los de Colombia
y hay muchos mas