• Asignatura: Derecho
  • Autor: YUKKCHA
  • hace 6 años

Garante de derechos humanos Respondan a las 8pm y te doy corona


celyj0301: me das corona

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Respuesta dada por: RMA1902
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El Estado, a través de todo el aparato de poder público, que incluye las medidas legales, las políticas públicas y las prácticas de sus agentes, es quien está obligado a respetar y garantizar los derechos humanos, explicó el profesor Nash, quien aseguró que los derechos fundamentales se constituyen como “el gran triunfo de la humanidad desde la Ilustración”.

“El Estado existe para garantizar los derechos humanos y así de enfática quiero ser. Un Estado que no puede garantizar los derechos humanos es un Estado que no es democrático y un Estado no democrático no es legítimo; puede ser legal, pero no es legítimo. Entonces el Estado es el garante de estos derechos fundamentales que ya ha asumido en función de la Constitución y de los tratados internacionales que suscribe, y por lo tanto tiene la obligación de garantizarlos a plenitud”, aseguró Nancy Yáñez.

En ese sentido, al ser las fuerzas policiales parte del poder estatal, están obligadas a “velar por la seguridad pública y los derechos de las personas. Se les ha asignado el uso legítimo de la fuerza y por ello deben regirse estrictamente por su normativa y cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos”, señaló el abogado.

Soy:

RMA1902

Respuesta dada por: celyj0301
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Actualmente el gobierno de México promueve la obligación de respetar y proteger los derechos de las personas adultas mayores, aseguró Aracely Escalante Jasso, directora general del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam).

Al dictar la conferencia magistral “Derechos Humanos y Adultos Mayores” en la sede nacional del PRI, a invitación expresa de la Coordinación Nacional de Atención a los Adultos Mayores, Escalante Jasso enfatizó que el Inapam trabaja para lograr un México Incluyente, promueve el fortalecimiento de los valores de solidaridad intergeneracional y el apoyo familiar en la vejez; revalorizar los aportes de las personas adultas mayores en los ámbitos social, económico, laboral y familiar, así como la protección de los derechos de las personas adultas mayores y el reconocimiento a su experiencia y capacidades.

El Instituto promueve la participación de las personas adultas mayores en todas las áreas de la vida pública, a fin de que sean copartícipes y protagonistas de su propio cambio, abundó.

Durante su intervención, la titular del Inapam expuso que los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores son normas que protegen a las personas de edad avanzada y las coloca en un plano de igualdad en relación con quienes disfrutan de juventud o capacidad para realizar ciertas actividades físicas, que con motivo de la edad puedan verse disminuidas.

Escalante Jasso recordó que la Ley de los Derechos de las Personas Adultas mayores, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio de 2002, se elaboró con el propósito de amparar y garantizar a las personas adultas mayores el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, que son:

Derecho a la no discriminación y relaciones familiares: No ser discriminadas en razón de su edad, por lo que la observancia de sus derechos se hará sin distinción alguna.

Gozar de las oportunidades que faciliten el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad. Ser protegidas y defendidas contra toda forma de explotación y maltrato físico o mental; por lo tanto, su vida debe estar libre de violencia.

Derechos Humanos ante las autoridades: Ser tratadas con dignidad y respeto cuando sean detenidas por alguna causa justificada o sean víctimas de algún delito o infracción.

Expresar su opinión con libertad y participar en el ámbito familiar y social. Contar con asesoría jurídica gratuita y oportuna.

Realizar su testamento con toda libertad, sin que para ello intervenga persona alguna.

Derechos de protección a la salud: Recibir información sobre las instituciones que prestan servicios para su atención integral.

Recibir atención médica en cualquiera de las instituciones del Sistema Nacional de Salud o del Sistema Estatal de Salud. Recibir orientación y capacitación respecto de su salud, nutrición e higiene, que favorezca su bienestar físico y mental.

Ser integrado a los programas de asistencia social cuando se encuentre en situación de riesgo o abandono.

Derecho a la educación y al trabajo: Contar con un trabajo mediante la obtención de oportunidades igualitarias para su acceso, siempre que sus cualidades y capacidades las califiquen para su desempeño.

Recibir educación y capacitación en cualquiera de sus niveles para mejorar su calidad de vida e integrarse a una actividad productiva.

Asociarse y reunirse libremente con la finalidad de defender sus intereses y desarrollar acciones en su beneficio. Participar en actividades culturales, deportivas y recreativas.

La directora general del INAPAM reiteró que al igual que las demás personas, los adultos mayores tienen todos los derechos que se encuentran reconocidos, tanto en la Constitución Política y los ordenamientos que de ella derivan como lo es la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores en sus artículos 5 y 8, así como lo establecido en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

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