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Los indígenas estaban obligados a retribuir al encomendero su protección, instrucción y cristianización con un pago equivalente a tres pesos de oro en especie, dinero o servicios personales. ... Se estableció además que ningún encomendero pudiera cobrar tributos a sus indios mientras éstos no estuvieran tasados.
Mia1019:
Gracias :D
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