Respuestas
Respuesta:
Realizar el pago de la cuota tributaria, debiendo realizar dicho pago en el tiempo y la forma requerida por la Agencia Tributaria.
Realizar pagos fraccionados a cuenta de la obligación tributaria principal, por el retenedor o por el obligado a realizar ingresos a cuenta. El contribuyente podrá deducir de la obligación tributaria principal el importe de los pagos a cuenta soportados.
Cumplir con las obligaciones tributarias accesorias, que consisten en prestaciones pecuniarias que se deben satisfacer a la Administración tributaria y cuya exigencia se impone en relación con otra obligación tributaria. Serían el interés de demora, los recargos por declaración extemporánea y los recargos del período ejecutivo, así como aquellas otras que imponga la ley.
Cumplir con las obligaciones tributarias formales impuestas por la normativa tributaria o aduanera, ya sean o no deudores del tributo, y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros.
Además, los obligados tributarios deberán cumplir las siguientes obligaciones:
La obligación de presentar declaraciones censales por las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades u operaciones empresariales y profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención.
La obligación de solicitar y utilizar el número de identificación fiscal en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.
La obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones.
La obligación de llevar y conservar libros de contabilidad y registros, así como los programas, ficheros y archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas de codificación utilizados que permitan la interpretación de los datos cuando la obligación se cumpla con utilización de sistemas informáticos.
La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias.
La obligación de aportar a la Administración tributaria libros, registros, documentos o información que el obligado tributario deba conservar en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias propias o de terceros, así como cualquier dato, informe, antecedente y justificante con trascendencia tributaria, a requerimiento de la Administración o en declaraciones periódicas. Cuando la información exigida se conserve en soporte informático deberá suministrarse en dicho soporte cuando así fuese requerido.
La obligación de facilitar la práctica de inspecciones y comprobaciones administrativas.
La obligación de entregar un certificado de las retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios perceptores de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
Cumplir con las obligaciones que establezca la normativa aduanera
Explicación:
Respuesta:
• Inscribirte en el RFC.
• Mantener actualizada tu información ante el RFC.
• Expedir tus facturas electrónicas.
• Llevar tu contabilidad.
• Presentar tus Declaraciones Mensuales, Declaración Anual y Declaraciones Informativas.
• Formular tu estado de posición financiera y levantar el inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
• Realizar la retención del ISR cuando pagues sueldos o salarios a tus trabajadores, y en su caso, entrégales en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.
• Calcular en la Declaración Anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).