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Respuesta:
Entidad territorial: de acuerdo con los artículos 286 y 287 de la actual Constitución Política de Colombia, se da este calificativo a los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas; gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y de la ley.
Explicación:
espero haberte ayudado
alzatesenamariajose:
Muchas gracias
Respuesta dada por:
1
Respuesta:es una entidad territorial que goza una autonomiapara los administradoresde los asuntos seccionales y la planificación y promocióndel desarrollo economico y social dentro de su territorio en los terminos establecidos por la constitución y leyes
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