• Asignatura: Derecho
  • Autor: Abr4ha4m2005
  • hace 6 años

Principios de la Conciliación Extrajudicial en el Perú. (Solo menciónalos) Principios de la Conciliación Extrajudicial en el Perú. (Solo menciónalos) Par de zoburros

Respuestas

Respuesta dada por: yarispatrik16
2

Respuesta:

La Ley N°26872 o Ley de Conciliación -en adelante la Ley- enumera en su artículo 2° nueve principios éticos: equidad, veracidad, buena

fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad, legalidad, celeridad y

economía los cuales, a su vez, son desarrollados en el Reglamento de

dicha norma (Decreto Supremo No 001-98-JUS) -en adelante el Reglamento-. Es propósito del presente artículo hacer un comentario sobre

cada uno de estos principios.

Sin embargo, antes de efectuar esta labor, cabe señalar una primera

apreciación general sobre la manera como la Ley aborda este tema, y

nos referimos al hecho de que se englobe como principios de la conciliación a algunas figuras más propias del procedimiento judicial, como

sería el caso de la buena fe, celeridad y economía. O también que se

mencione como principios a la legalidad y veracidad, que en nuestra

opinión vendrían a ser, más propiamente, condiciones necesarias para

el desarrollo de la conciliación. Sobre estos aspectos, volveremos más

adelante.

Un segundo aspecto a señalar es que se haya omitido toda mención

al principio de simetría de poderes o empoderamiento

Explicación:

espero te sirva <3 te deseo tdoo lo mejor del mundo :)

Respuesta dada por: andreap080359
2

Respuesta:

La Ley N°26872 o Ley de Conciliación -en adelante la Ley- enume- ra en su artículo 2° nueve principios éticos: equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad, legalidad, celeridad y economía los cuales, a su vez, son desarrollados en el Reglamento de dicha norma (Decreto Supremo No 001-98

Explicación:

Preguntas similares