• Asignatura: Historia
  • Autor: rosaliaowo
  • hace 6 años

Describe y compara las libertades individuales de la constitución de Chile de 1833 y la constitución actualmente vigente en el país. AyudAaaAa !!!!¡¡!!

Respuestas

Respuesta dada por: cordovafabrizio183
1

Respuesta:Constitución Política de la República de Chile de 1833

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Coat of arms of Chile (c).svg

Constitución Política

de la República de Chile

1833

Constitucion-1833-chile.jpg

Portada de un ejemplar de la Constitución Política de la República de Chile de 1833, edición de la Imprenta de La Opinión.

Tipo de texto Constitución política

Idioma Español

Redactor(es) Comisión de la Gran Convención de 1831

Ratificación 22 de mayo de 1833 (Aprobada por la Gran Convención de 1831)

Promulgación 25 de mayo de 1833

En vigor 25 de mayo de 1833

Signatario(s) José Joaquín Prieto y sus ministros y los miembros de la Gran Convención y su secretario.

Derogación 18 de septiembre de 1925 (92 años)

[editar datos en Wikidata]

La Constitución Política de la República de Chile redactada en 1833 es el texto constitucional surgido tras el triunfo conservador en la Guerra civil de 1829-1830, fue promulgada y jurada el 25 de mayo de 1833. Entre sus principales ideólogos están Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas. Diego Portales prestó escasa atención a su proceso de formulación. [cita requerida]

Índice

1 Redacción de la Constitución

2 Descripción

3 Reformas constitucionales

4 Véase también

5 Referencias

6 Bibliografía

7 Enlaces externos

Redacción de la Constitución

Tras la guerra civil de 1829-1830 se convocó a una Gran Convención, según la ley del 1 de octubre de 1831. Dicha ley tuvo entre sus antecedentes para convocar a la Convención el artículo 133 de Constitución de 1828 que preveía dicho mecanismo de revisión constitucional. Sin embargo, esto en cuanto a su reforma fue una flagrante violación a la Constitución misma, pues esta indicaba que no podía ser modificada hasta el año 1836. De los 36 miembros de la Gran Convención, 16 eran diputados en ejercicio y 20 ciudadanos de conocida probidad e ilustración. Los convencionales fueron electos por la Cámara de Diputados.

La Gran Convención encargó redactar un proyecto a una comisión integrada por Mariano Egaña, Manuel José Gandarillas, Gabriel José Tocornal, Santiago Echevers, Juan Francisco Meneses, Agustín de Vial Santelices y Francisco Antonio de Elizalde1​, tarea que llevó a cabo entre octubre de 1831 y abril de 1832. Egaña presentó además un proyecto alternativo que se conoce con el nombre de voto particular. Entre el 25 de octubre 1832 y 17 de marzo de 1833 la Convención revisó el proyecto de constitución de la comisión y el voto particular de Egaña. El texto definitivo fue aprobado en la sesión de 22 de mayo de 1833 y fue enviado al presidente José Joaquín Prieto, quien junto con sus ministros procede a promulgarla y jurarla el 25 de mayo de 1833.

Esta Constitución fue discutida por la Gran Convención cuya misión inicial era reformar la Constitución de 1828. A estas ideas se sumaron las del bando conservador tendientes a anular las ideas liberales y establecer una suerte de "dictadura legal" que apoyara tales afanes:

Explicación:

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