requisitos básicos que deben tener los accionistas y los administradores de una institución bancaria

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Respuesta dada por: kjimenez99
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Respuesta:

REQUISITOS BÁSICOS PARA PROMOTORES, ACCIONISTAS O SOCIOS:

1. No podrán ser promotores, accionistas o socios quienes hayan sido, en los últimos diez (10) años administradores, accionistas o socios controladores, directa, indirectamente o en cualquier forma, de instituciones financieras del país o del exterior, que hayan sido declaradas en liquidación forzosa o regularizadas con recursos públicos o a través de sistemas de seguro de depósitos.

Se entenderá por socio o accionista controlador aquel que haya ejercido una influencia significativa y determinante en las decisiones o administración de dichas instituciones.

2. Los accionistas o socios, deberán justificar su solvencia económica, para lo cual contarán con un patrimonio neto consolidado no inferior a 1.5 veces el aporte de capital que se comprometen a realizar para la constitución de la nueva institución financiera privada. Adicionalmente deberán declarar bajo juramento que los recursos son propios y provienen de actividades lícitas, para el efecto entregarán la información de su situación financiera correspondiente a los últimos cinco (5) años.

3. No encontrarse incursos en las inhabilidades señaladas en el artículo de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, en lo que fuere aplicable.

4. Los accionistas o socios presentarán un estudio de factibilidad económico-financiero de la nueva institución del sistema financiero privado por constituirse que será evaluado por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con datos actualizados; detallando el plan estratégico de la nueva institución, que incluya por lo menos un estudio del mercado, de la posición competitiva de la nueva institución, la determinación de los productos y servicios que ofrecería; y, la estructura administrativa, orgánico-funcional, de conformidad al instructivo que para el efecto expedirá el Superintendente de Bancos y Seguros.

REQUISITOS BÁSICOS PARA LOS ADMINISTRADORES.-

La Superintendencia de Bancos y Seguros en forma previa a la entrega del certificado de autorización, calificará a los administradores analizando:

1. Su calidad profesional

2. Su experiencia en el manejo de instituciones del sistema financiero y en la administración de riesgos.

3. Que no se encuentren incursos en las inhabilidades contempladas en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

La Superintendencia de Bancos y Seguros negará la calificación a las personas que vayan a ejercer la administración de una institución financiera, si éstas se encuentran incursos en las prohibiciones.

Los administradores calificados presentarán para revisión y aprobación de la Superintendencia de Bancos y Seguros los manuales de organización y de políticas y procedimientos de control interno.

Explicación:

espero que te sirva.


jacquelinepasquel200: Gracias
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