Respuestas
Respuesta:1. OBJETIVO
Orientar las medidas de bioseguridad en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2,
enfermedad COVID-19, para realizar actividad física al aire libre que reduzca los comportamientos
sedentarios y mejore la salud mental de la población a causa de las medidas de aislamiento social y
cuarentena en casa, pero teniendo en cuenta disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a
humano durante el desarrollo de esta estrategia.
2. ALCANCE
Establecer las orientaciones generales de bioseguridad en el marco de la COVID-19 para la estrategia de
promoción de actividad física al aire libre, para las personas entre los 18 y 59 años de edad, potencialmente
involucradas durante la implementación de esta estrategia, tanto como ejecutores como para usuarios.
3. JUSTIFICACIÓN
La enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19) es una enfermedad respiratoria causada por el virus SARSCoV-2. Se ha propagado desde China hacia un gran número de países alrededor del mundo, generando un
impacto en cada uno de ellos a nivel de mortalidad, morbilidad y en la capacidad de respuesta de los servicios
de salud, así mismo afecta todos los aspectos de la vida diaria y las actividades económicas y sociales,
incluyendo los viajes, el comercio, el turismo, los suministros de alimentos, los mercados financieros y todas
aquellas actividades de esparcimiento y aprovechamiento del tiempo libre.
Para reducir el impacto que han generado las medidas de mitigación del brote de la COVID-19 a través del
aislamiento preventivo obligatorio, sobre la participación en actividad física y salud mental de la población
colombiana, se propone una estrategia para dar apertura restringida a actividad física al aire libre para las
personas aparentemente sanas entre los 18 y 59 años de edad, donde es importante sensibilizar a toda la
población colombiana de las medidas de bioseguridad requeridas para evitar el riesgo de transmisión del virus
de persona a persona y que exigen de la disciplina social y cumplimiento juicioso de dichas medidas de
prevención del riesgo de contagio de la COVID-19.
Por lo anterior, desde el Ministerio de Salud y Protección Social se genera este documento orientando a la
población entre los 18 y 59 años de edad, para establecer las acciones de bioseguridad e implementarlas y
adoptarlas en la práctica de actividad física al aire libre. 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las acciones expuestas en este documento deben ser adoptadas por todas las personas involucradas en la
práctica de actividad física al aire libre tanto ejecutores (organizadores y supervisores) como en usuarios
(personas aparentemente sanas entre los 18 y 59 años de edad).
Explicación: