Respuestas
Respuesta dada por:
2
Respuesta:
El saldo técnico a favor del contribuyente es el originado por créditos fiscales (incluido el que provenga de importaciones definitivas), el cual sólo deberá aplicarse a los débitos fiscales correspondientes a los ejercicios siguientes.
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años