articulo 19 de la constitución política de Colombia
iosefga:
ayudaaaaaaaaaaaaaa
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Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.
Agradeceria una corona si te sirvio :3
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