Respuestas
Respuesta:
El ingreso es una remuneración que se obtiene por realizar dicha actividad. Por ejemplo, el ingreso que recibe un trabajador asalariado por su trabajo es el salario. Si ésta es la única actividad remunerada que hizo la persona durante un periodo, el salario será su ingreso total.
Explicación:
Los descuentos que se establecen por ley son: el 4 por ciento del sueldo para salud; el 4 por ciento para pensión y el porcentaje correspondiente al Fondo de Solidaridad Pensional, para quienes devenguen cuatro o más salarios mínimos mensuales vigentes
Los descuentos legales para los contratos de vinculación laboral, son los siguientes:
1. Salud: 4% va a cargo del trabajador de un 12.5 % total que debe aportarse; el empleador paga el restante 8.5 %.
2. Pensión: 4% corre por cuenta del empleado de un 16% total; el empleador paga el restante 12%
Sin embargo, los empleados que devenguen más de cuatro (4) salarios mínimos vigentes deberán pagar un porcentaje adicional destinado al fondo de solidaridad.
Además, los empleados con ingresos iguales o superiores a 16 salarios mínimos vigentes, tendrán un aporte adicional sobre su ingreso base de cotización, este pago se realiza según los siguientes rangos:
De 16 a 17 SMMLV 0.2%
De 17 a 18 SMMLV 0.4%
De 18 a 19 SMMLV 0.6%
De 19 a 20 SMMLV 0.8%
De 20 a 25 SMMLV 1.0%.
3. Riesgos profesionales: las empresas deben asumir completamente el pago a riesgos profesionales, monto que en la cotización al Sistema de Riesgos Laborales no puede ser inferior al 0,348 por ciento, ni superior al 8,7 por ciento del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los trabajadores.
4. Aportes Parafiscales: El empleador debe hacer un aporte equivalente al 9% de su nomina por este concepto, este aporte se distribuye de la siguiente manera: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación ), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). De esta suma el trabajador no debe pagar nada.
Adicional a esto el trabajador debe cancelar un porcentaje de su sueldo por concepto de retención en la fuente cuando devengue una suma superior a los 4.476.221 pesos, es decir, más de 200 unidades de valor tributario (UVT), fijado para el 2017 a un precio de 31.859 pesos cada una.
Haz cuentas con nuestra calculadora salarial
Finalmente, al trabajador se le descontará de su pago de nómina cualquier otra obligación autorizada por él mismo, siempre y cuando exista autorización de la persona o permiso judicial, en lo relacionado con prestamos, créditos, seguros o afiliaciones a cooperativas.