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El establecimiento de relaciones diplomáticas conlleva el reconocimiento de un estado, por lo que, de la práctica de actos de reconocimiento unilaterales, se ha pasado a declaraciones conjuntas de reconocimiento mutuo que establecen una serie de condiciones iniciales para las relaciones mutuas y provocan el intercambio de misiones diplomáticas, por ejemplo, el comunicado conjunto Hispano-israelí de 17 de enero de 1986:
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