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La familia es sujeto colectivo titular de derechos y agente garante de los derechos de sus integrantes.
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En este sentido vale la pena enunciar “la constitución política evidencio la necesidad de definir si la familia, en tanto institución social, es sujeto, y por lo tanto titular de derechos o si, por el contrario la familia es un derecho del individuo, que la integra y que la invoca como ser autónomo y político” (p. 9).
Explicación:
UwU
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