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alimentación y vivienda
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Explicación: Acción Solidaria (incluida en el Registro de organizaciones no gubernamentales
de Naciones Unidas, Inscripción en el Ministerio de Salud y Acción Social de la
República Argentina por exp. 3 0/383/9 de 19-12-92) solidariamente con todos los
embriones humanos ya que la vida humana comienza desde la concepción y por
tanto se debe respetar.
Recomendamos que se reconozca el derecho a la vida de los niños por nacer desde
la fecundación como un valor tradicional de la República Argentina y de otros tantos
países del mundo que se debe respetar y no avasallar propulsando la violencia contra
contra los no nacidos (ya que éstos no son seres inanimados ni parte del cuerpo de la
mujer sino que son seres humanos vivos como está demostrado científicamente más
abajo). ¿Cuál es el motivo de no permitir radiografías a las mujeres embarazadas? ¿A
quién puede perjudicar la radiografía: a la mujer o al niño/a por nacer? Si no están
seguros de que sean seres humanos los embriones -en caso de duda- no puede
quitárseles el derecho a la vida a estos seres no nacidos (“in dubio pro reo”) y por tanto
más débiles en beneficio de los más fuertes pues la declaración de derechos humanos
justamente debe evitar que los más fuertes aplasten a los más débiles en su beneficio
como ocurre en la selva de los animales irracionales.
Así el Tribunal de Justicia de la Unión Europea –Gran Sala, con fecha 18 de
octubre de 2011 en la causa “Oliver Brüstle c/ Greenpeace eV”, al expresar: “Constituye
un “embrión humano” todo óvulo humano a partir del estadio de la fecundación…”1
y,
por ende, no puede ser usado con fines terapéuticos a favor de terceros, ni destruido.
(…) Desde lo científico, ya no hay ninguna duda acerca de la naturaleza humana del
nuevo ser y los eufemismos ya no caben en la materia. (…) Si se es persona humana
desde la concepción, poco importa si ésta se realizó en el seno materno o en una
probeta, lo cierto es que el embrión es un ser humano desde que se unieron el
espermatozoide y el óvulo, por mantenernos en la fecundación extracorpórea
tradicional. En este sentido les rogamos que expresamente defiendan el derecho a la
vida desde la concepción dedido no sólo a la tradición de la Argentina sino también a
los fundamentos científicos y éticos y, en este caso, a la importante sentencia del alto
tribunal europeo, que ciertamente no se puede desconocer, para evitar dejar en completa
indefensión a los “embriones humanos” merced a quién quiera destruirlos o procurar su
utilización comercial o científica.