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entendemos por muerte presunta a la tercera y última fase de la ausencia en la cual se procede a la declaración judicial de la muerte de una persona cuando haya pasado un largo lapso de tiempo sin tenerse noticias de su paradero (10 años); o un lapso de tiempo menor si se tratara de un anciano (5 años); el mismo tiempo que la ausencia (2 años) si el alejamiento se produjera en circunstancias constitutivas de muerte o finalmente cuando existiera plena certeza de su deceso en aquellos casos en los que el cadáver no pueda ser encontrado ni identificado.
Explicación:
espero que te ayude.
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