¿Por qué hasta hace algunos años situaciones de desigualdad y discriminación se consideraban “normales”?
- ¿Por qué en aquella época no se respetaron, reconocieron ni valoraron las distintas creencias de los pobladores del mundo andino?
- ¿Qué señala la Constitución Política con respecto a la pluralidad étnica y cultural?
- ¿Por qué debemos respetar a todas las personas sin importar su condición?
Respuestas
Respuesta:
Por qué hasta hace algunos años situaciones de desigualdad y discriminación se consideraban “normales”?
EJEMPLO DE RESPUESTA:
Porque nuestra misma sociedad los comenzó a ver así, ya que era muy normal ver que entre personas se discriminaban y nadie hacia nada para evitarlo o sancionarlo.
¿Por qué en aquella época no se respetaron, reconocieron ni valoraron las distintas creencias de los pobladores del mundo andino?
EJEMPLO DE RESPUESTA:
Porque antiguamente las ideologías que las personas tenían eran muy centradas en ellas mismas y no les gustaba pensar que tendrían que aceptar las distintas creencias que otras personas podrían tener las cuales eran diferentes a las suyas. Además, de que no se incentivaba a respetar y valorar las creencias de los pobladores del mundo andino.
¿Qué señala la Constitución Política con respecto a la pluralidad étnica y
cultural?
EJEMPLO DE RESPUESTA:
Nuestra Constitución, base y fundamento de nuestros sistemas legales, reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la nación y establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole, y que toda persona tiene libertad de conciencia y de religión.
espero que sea d mucha ayuda
ESCANEA UNA
Respuesta:
1.-Porque discriminar era algo normal en su vida , no eran empaticos ni pensaban como se sentiria aquella persona .
2.-Porque no se daban cuenta q las creencias , costumbres son parte de nuestro patrimonio cultural .
3.-La Constitución peruana de 1933, discutible en muchos aspectos y criticable por
su origen antidemocrático, contiene algunos aciertos conformes a las tendencias
más avanzadas del derecho internacional tanto en lo referente a los derechos humanos como en lo referente al origen, conformación, atribuciones y funciones del
Estado. Por la materia específica de este comentario, nos interesan las disposiciones de dicha Constitución sobre la cuestión de la diversidad cultural y algunas
proyecciones de su aplicación legislativa. Sostenemos, al respecto, que se trata de
un texto avanzado, pues, en este ámbito, establece un programa abierto que busca
la composición de un Estado integrador de diversas etnias, culturas y lenguas.
Explicación:
espero q te sirva....