• Asignatura: Religión
  • Autor: eana27630
  • hace 7 años

ayuden plox ¿En qué términos se trataban los papás con los emperadores?​

Respuestas

Respuesta dada por: karolina031057
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Respuesta:

En 1073 es nombrado papa Gregorio VII. La primera medida que tomó ese mismo año fue la prescripción del celibato eclesiástico, es decir la prohibición del matrimonio de los sacerdotes. En el futuro los sacerdotes no podían tener hijos y por tanto no transmitirían en herencia directa sus posesiones y derechos.

Numerosos obispos, abades y eclesiásticos en general prestaban vasallaje a sus señores laicos debido a los feudos que estos les otorgaban. Aunque un clérigo podía recibir un feudo común y corriente de igual manera que un laico, existían determinados feudos eclesiásticos que solo podían ser entregados a los religiosos. Siendo territorios dominados por señores civiles que conllevaban derechos y beneficios feudales, su concesión era realizada por los soberanos mediante la ceremonia de la investidura. El conflicto surgía de la disociación de funciones y atributos que entrañaba tal investidura.

Por ser un feudo eclesiástico, el beneficiario debía ser un clérigo; si no lo era, cosa que sucedía frecuentemente, el aspirante era también investido eclesiásticamente, es decir, recibía simultáneamente los derechos feudales y la consagración religiosa. Según la doctrina de la Iglesia, un laico no podía consagrar clérigos, y de manera análoga, no podía otorgar la investidura de un feudo eclesiástico, atribución que tenía adjudicada el sumo pontífice o sus legados.

Para reyes y emperadores, los feudos eclesiásticos, antes que eclesiásticos, eran feudos. Los clérigos feudatarios, además de clérigos, eran tan vasallos como los demás, obligados en la misma medida a servir a su señor, comprometidos a ayudarle económica y militarmente en caso de necesidad. Los monarcas no querían que el Papa les despojara de la facultad de investir a los destinatarios de aquellos feudos y de obtener, a cambio, el provecho inherente a la concesión feudal.

Se daba, además, la circunstancia de que en los dominios del emperador los clérigos feudales eran muy numerosos, y, además, eran un grupo que poseía cargos de confianza en la administración, fundamentales para la marcha del gobierno del emperador. Así, los monarcas hacían recaer los cargos eclesiásticos en parientes o amigos, es decir, personas que no necesariamente eran dignas de ser clérigos según las normas de la Iglesia. Por otra parte, muchos obispos, abades y clérigos no querían cambiar su situación de vasallos debido al riesgo de perder las prerrogativas de que disfrutaban en sus posesiones feudales.

Privar al emperador de su facultad de investir a los titulares de los feudos eclesiásticos equivalía a quitarle el derecho de nombrar a sus colaboradores y sustraerle buena parte de sus vasallos, los más leales, sus valedores financieros, los que le sustentaban militarmente. Todo esto era parte de la lucha entre los Poderes universales que se disputaban el dominio del mundo, el Dominium mundi.

A comienzos del siglo XI, ante un Papado impotente, el emperador Enrique III (1039-105

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