• Asignatura: Derecho
  • Autor: vpino075
  • hace 6 años

El estatuto cientifico del derecho en el pensamiento juridico moderno

Respuestas

Respuesta dada por: amparovm0123
1

Respuesta:

ojalá te sirva

Explicación:

Antes de trazar las líneas demarcadoras entre las distintas disciplinas fronterizas preocupadas de lo jurídico, debo revisar con precisión el campo del saber propio de la teoría del derecho, que es el derecho en toda la experiencia de sus fuentes; también debo escrutar si tal observación teórica está adaptada con precisión a la realidad práctica de su objeto, el derecho contemporáneo; adaptación ésta que es esencial tanto para no romper el canon metódico adelantado como para su delimitación.

Desde el punto de vista histórico, dentro de la época contemporánea, es posible distinguir tres etapas de las distintas formulaciones teóricas o de método jurídico. Desde los inicios del siglo XIX se generaron dos tradiciones distintas de teoría del derecho: por una parte, la llamada teoría general del derecho, elaborada en los países de Europa continental, bajo el influjo evidente de la idea de sistema propuesta por Savigny; y, por otra, la "Jurisprudence", que es la teoría del derecho de los países anglosajones, con raíz en Bentham y Austin[6]. Ambas teorías se adecuaron al fenómeno de la positividad de los inicios del derecho contemporáneo.

a) Teoría del derecho y positividad del derecho. Luego, en la primera mitad del siglo XX continúa el desarrollo de ambas tradiciones, pero entrecruzadas en ambos continentes. Por una parte, se desarrolla en los países de Europa continental una nueva tradición, fundamentalmente a partir de la obra de Kelsen; se trató de una nueva teoría general del derecho (predicada como pura), dirigida a observar sólo las estructuras formales de los ordenamientos jurídicos, con independencia de los valores que los informan (dato que la puso a distancia de la filosofía del derecho) y con independencia de sus contenidos (dato que la puso a distancia de las disciplinas especializadas: de la doctrina o dogmáticas del derecho). Por otra parte, la tradición teórica anglosajona, básicamente no varió en esta observación únicamente a las estructuras formales, a las normas; es el paleo-positivismo en su estado más puro, que dominó ampliamente en esa época.

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