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NORMAS GENERALES.
1-Las cifras de cotas indicarán siempre el valor real de la dimensión acotada, independientemente de la escala del dibujo, expresadas en la misma unidad (en dibujo técnico se expresan en mm); si en alguna no es posible, se anotará después de la cota la unidad diferente.
2-La inscripción de las cotas no debe afectar a la claridad de la representación. Por eso, siempre que sea posible, se deben colocar fuera del dibujo, vista o pieza. Se admite colocarlas en el interior siempre que no suponga pérdida de claridad, y facilite la lectura del dibujo.
3-En el dibujo deben figurar todas las cotas necesarias para que una pieza, objeto, etc. quede correctamente definida cuantitativamente.
4-Las cotas funcionales se expresarán para su lectura directa y no por su deducción de otras, ni por aplicación de escala.
5-No se indicarán más cotas de las precisas para definir una pieza o producto acabado. Cotas no necesarias son, por ejemplo las que suponen la duplicación de lo esencial.
6-Se debe evitar que las líneas de cota se crucen con líneas del dibujo y entre sí.