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Disposiciones Generales
Artículo l'.- Objeto y ámbito de aplicación. La presente Ley reconoce la validez jurídica de
la firma electrónica, la firma digital, los mensajes de datos, el expediente electrónico y regula la
utilización de los mismos, las empresas certificadoras, su habilitación y la prestación de los servicios
de certificación.
Artículo 2'.- Definiciones. A efectos de la presente Ley, se entenderá por:
Firma electrónica: es el conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados
de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizado por el signatario como su medio de
identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma
digital.
Firma digital: es una firma electrónica certificada por un prestador acreditado, que ha
sido creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control, de manera que
se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, permitiendo la detección
posterior de cualquier modificación, verificando la identidad del titular e impidiendo que
desconozca la integridad del documento y su autoría.
Mensaje de datos: es toda información generada, enviada, recibida, archivada o
comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el
intercambio electrónico de datos (EDl), el correo electrónico, eltelegrama, el télex o eltelefax,
siendo esta enumeración meramente enunciativa y no limitativa.
Documento Digital: es un mensaje de datos que representa actos o hechos, con
independencia del soporte utilizado para su creación, fijación, almacenamiento, comunicación
o archivo.
Firmante, suscriptor o signatario: es toda persona física o jurídica titular de la firma
electrónica o digital. Cuando el titular sea una persona jurÍdica, ésta es responsable de
determinar las personas físicas a quienes se autorizarár¡ a administrar los datos de creación
de la firma electrónica o digital.
Explicación: