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Las medidas civiles tienen una vigencia o duración de 30 DIAS. Si dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la victima o su representante legal un proceso de familia ante el Juez competente, las medidas adoptadas en la orden de protección permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En estos 30 días el Juez civil de Familia o el Juez de Violencia sobre la Mujer debe ratificarlas, modificarlas o dejarlas sin efecto.
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