Debo leer, analizar y explicar con mis propias palabras el artículo 49 de las constitución política de la republica de Guatemala ayúdenme mínimo 1 hoja
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Artículo 49 El matrimonio podrá ser autorizado por los alcaldes, concejales, notarios en ejercicio y ministros de culto facultados por la autoridad administrativa correspondiente. Artículo 50 Todos los hijos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos. Toda discriminación es punible.
El matrimonio podrá ser autorizado por los alcaldes,
concejales, notarios en ejercicio y ministros de culto facultados por la autoridad
administrativa correspondiente.
Esta disposición no ha sido objeto de examen particularizado.
espero te sirva!!:)
329854:
Muchas Gracias ❤️
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