• Asignatura: Historia
  • Autor: juandavidurueta03
  • hace 6 años

Dos diferencias de la administración publica en relación a los servicios públicos


juandavidurueta03: de colombia
jason992: aya
jason992: y dime tienes novi-o
jason992: ??
juandavidurueta03: si tengo novia
jason992: novia?
juandavidurueta03: si
jason992: aya
jason992: osea k eres lesbiana?
juandavidurueta03: no soy hombre

Respuestas

Respuesta dada por: zeyroz
4

Respuesta: espero que te ayude

Explicación:DIFERENCIAS:

1-      La administración pública tiene objetivos de servicio a la comunidad, mientras que la privada tiene objetivos de lucro.

2-      La administración pública actúa titularmente sobre la privada porque es un sistema que incluye a toda la comunidad, en cambio la privada es un sistema que requiere a la administración pública para su subsistencia.

3-      La administración pública tiene como caracteres distintivos la amplitud del radio de acción y el contenido político de los actos efectuados, cosa que no ocurre en la administración privada.

4-      La administración privada utiliza  eficientemente los métodos y técnicas de la ciencia administrativa, en cambio la pública no, porque difícilmente acepta cambio.

5-      El personal de la administración pública generalmente está sometido a los cambios e influencias políticas, este fenómeno casi no se presenta en la administración privada.

6-      Otra diferencia está en la tendencia legalista del administrador público, la ley le sirve para hacer lo que se crea conveniente a la vez es facultada, en cambio el administrador privado la ley le dice aquello que no debe hacer.

7-      La administración privada se ve relacionada con los recursos obtenidos por algo y la pública con actividades destinadas para el uso o consumo de todos los ciudadanos que habitan una nación que tienen como objetivo primordial satisfacer las necesidades.

8-      DIFERENCIA IMPORTANTE: La administración pública se ve relacionada con la política y la dirección los recursos del Estado, la privada se ocupa de las personas y el patrimonio de los particulares.

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