2 reflexiones y 3 compromisos de la discriminación

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Respuesta dada por: Jilary123
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Actualmente, tanto en el sistema universal como en el sistema interamericano de protección de derechos humanos, existen instrumentos que enfatizan la obligación de los Estados de garantizar el respeto de los derechos de todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, género, religión o posición política. No obstante y pese a que se cuenta con un considerable acervo de tratados, declaraciones y convenciones que salvaguardan esa igualdad de jure, ésta aún no se traduce en una efectiva igualdad de facto. Y es que, en nuestro criterio, existe una relación indivisible de la pobreza como causa y efecto de violación de los derechos de las personas, que debe ser abordada si se quiere conseguir esa igualdad de facto de modo que los grupos y personas excluidas puedan reclamar sus derechos ante los Estados y obtener respuestas prontas, adecuadas y a un costo razonable para una expansión del bienestar que llegue hasta las bases de la sociedad.

Propiamente en nuestro subcontinente, si bien se ha avanzado desde la época del autoritarismo y las flagrantes violaciones contra la vida y la libertad de la década de los ochenta, basando hoy la mayoría de los países del hemisferio sus relaciones políticas en el modelo de democracia representativa y en el plano económico en las fuerzas de mercado-- que son las que definen la asignación de recursos --la pobreza y exclusión social son todavía extensas, generando un alto grado de inseguridad económica y expectativas desesperanzadoras para vastos segmentos de la población, porque si bien se ha logrado un crecimiento económico de 4,5% en promedio en el periodo 2003-2006, marcando un desempeño excepcional en los últimos 25 años, y a pesar de que la tasa de la pobreza, de acuerdo a la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), ha descendido ligeramente por primera vez bajo el nivel de 1980, pasando de 40,5% de la población en ese año a 39,8% en el 2005, esta misma institución señala (Panorama Social de América Latina 2006) que: ". los alentadores progresos recientes en la materia no deben hacer olvidar que los niveles de pobreza siguen siendo muy elevados, y la región todavía tiene por delante una tarea de gran magnitud". A lo que añade que: "Una de las características más sobresalientes de América Latina ha sido históricamente la acentuada inequidad de la distribución del ingreso, así como su falta de flexibilidad ante el cambio. Esta desigualdad no solamente excede a la de otras regiones del mundo, sino que además se mantuvo invariable durante la década de 1990 e incluso empeoró a comienzos de la presente década ".

Entendemos como exclusión social los procesos sociales de discriminación de grupos humanos por razones de sexo, etnia, religión, convicciones políticas o ideológicas, origen social o condición socioeconómica y las prácticas que no respetan las diferencias ni valoran la diversidad. Las personas y colectividades excluidas están en condiciones de desventaja respecto del resto de la población de una manera distinta. En primer lugar, se les deja por fuera de aspiraciones legítimas a las que tienen derecho: un nivel de vida adecuado y una inserción laboral y social; al no lograrse estas condiciones, se les excluye del modo de vida esperado en sociedades democráticas, con ejercicio de los derechos humanos, sin distinción entre los civiles y políticos y los sociales, culturales, laborales y económicos. Son seres humanos y colectividades que, por estas razones, no llegan a ser consideradas como miembros de pleno derecho de la sociedad.

En Latinoamérica y el Caribe, el racismo y la discriminación tienen características históricas, económicas, sociales y culturales, que han mantenido a grupos específicos, entre estos los pueblos indígenas, afrodescendientes y mujeres, en condiciones de marginalidad, exclusión y pobreza extrema. En ese sentido, la discriminación es un delito no sólo porque es una conducta contraria a la normativa internacional, sino porque allana el terreno para que se violen sus derechos humanos fundamentales . Igualmente, cuando ésta se funda en prejuicios de raza, identidad étnica, nacionalidad o cultura, afecta además a sujetos colectivos (pueblos y comunidades) que tienen derechos en tanto colectividades, inherentes a su identidad y a su cultura, pero que no siempre cuentan con un estatus jurídico o político (una ciudadanía particular) que les permita defenderse y reclamar. Y las situaciones se agravan, aún más, cuando las poblaciones discriminadas se encuentran en condiciones de especial vulnerabilidad, como sucede, e.g., con la población penitenciaria.

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