• Asignatura: Historia
  • Autor: susellmuto
  • hace 7 años

significado de juntas de gobierno

Respuestas

Respuesta dada por: Belen1245
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Respuesta:

La Junta de Gobierno existe en los municipios con población de derecho superior a 5000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento Orgánico o así lo acuerde el Pleno del Ayuntamiento.

Explicación:

Respuesta dada por: kfernanadezrudas
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Las Juntas del Gobierno fueron organismos políticos que surgieron en las Provincias que la Monarquía Española poseía en América en el Siglo XIX, a semejanza de la península, frente a la crisis generada por las abdicaciones de Bayona de Fernando VII y su padre Carlos IV, contextualizadas en la invasión del reino de España por Napoleón Bonaparte (1808). Las provincias de Ultramar reaccionaron de forma muy semejante a los reinos metropolitanos, a través del derecho tradicional, revirtieron el gobierno del rey a la comunidad. Las juntas hispanoamericanas estaban en contra de la corona y no aceptaron subyugarse al gobierno de la Regencia española reducida a la ciudad de Cádiz; con el triunfo en su seno del ideario de las revoluciones estadounidense y francesa se transformaron en los movimientos de independencia hispanoamericanos.

Había dos posiciones predominantes en Hispanoamérica. Los españoles, particularmente los altos funcionarios de gobierno y clero, fueron partidarios de que la situación de gobierno se mantuviera, continuando en sus cargos los virreyes y gobernadores y otras autoridades, bajo la supremacía del Consejo de Regencia con sede en Cádiz. Por otra parte, los criollos y algunos españoles, postularon la formación de juntas de gobierno, un fenómeno a veces denominado juntismo, por cuanto consideraron que la Regencia solo tenía validez para el pueblo que lo había generado y que su autoridad no era extensiva a América. A su vez, esgrimieron el argumento escolástico de que las colonias o reinos americanos eran entidades político-administrativas independientes de las existentes en la España europea, porque habían quedado vinculadas jurídicamente a la Corona de Castilla mediante la Bula Inter caetera. Estando ausente el monarca, ellos tenían los mismos derechos de autogobierno, porque también se apoyaron en la doctrina tradicional del poder de las Siete Partidas, que en tales circunstancias les devolvía la soberanía para establecer el orden político que resultase más conveniente a sus intereses.

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