Respuestas
Respuesta:
Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad
son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:
Explicación:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a
su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en
todo cuanto le favorece.
2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de
origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o
de cualquiera otra índole.
3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o
asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No
hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones
es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.