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Diferencia entre aval y fianza: Sólo existe aval en la obligación cambiaria, es decir cuando una persona física o jurídica garantiza el pago de un documento cambiario, cuando una persona garantiza el pago de cualquier tipo de operación que no sea mediante la firma de un título cambiario, se convierte en fiador
Explicación:
<3
bronceggizi:
esa no era mi pregunta
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