¿Cuáles son las criticas al sistema de la “cuota de genero” en los procesos electorales? ¿Por qué creen que se han planteado?
Respuestas
Respuesta:
resumen
El tema de las cuotas hoy en día se considera importante. En este artículo presentamos algunas definiciones y reflexiones al respecto, toda vez que mostramos información y datos de estudios de caso, como por ejemplo México, para ver su concepción, aplicación y resultados
Explicación:
INTRODUCCIÓN
En fecha reciente Johanna Sigurdardóttir llegó a ser jefa de gobierno de su país Islandia, lo cual se explica, entre otras cosas, como parte de un proceso de avance de las mujeres en puestos políticos en todos los países nórdicos y de una voluntad de estrechar la brecha de género en varios ámbitos de la vida social en esta región del planeta. Recordemos que fue aquí donde se inició la aplicación de la discriminación en positivo1 en el ámbito de las políticas y lo que hoy conocemos comúnmente como las cuotas.2
En este texto presentamos un panorama general, la definición y datos en torno a estas medidas de discriminación positiva, y cómo está el debate del tema en nuestros días, tanto desde la perspectiva de la reflexión teórica general, la cual no parece avanzar mucho; como y también con alguna información de resultados y estudios de caso concretos que apuntan hacia un horizonte de equidad con sus retrocesos y cuestionamientos.
MUJERES, REPRESENTACIÓN Y CUOTAS
La historia y la reflexión es larga, sin embargo, conviene iniciarla con algunas interrogantes: ¿por qué tendrían las mujeres que tener paridad?, ¿las mujeres necesitan a mujeres para que las representen? Algunas autoras como Ann Phillips3 e Iris M.Young4 piensan que lo que se dice se puede separar de quien lo dice. Pese a lo cual, también se considera que la paridad significaría un cambio en la política. "La creciente presencia de mujeres traería consigo cambios sustanciales en las instituciones, las prioridades y en la cultura política".5
Se puede partir de una mirada a la teoría de la representación política.6 Ésta se basa en que un representante supuestamente actúa en nombre del representado. En las democracias representativas los electores y electoras son representados/as por las personas elegidas. Supuestamente estos políticos y políticas llevan las voces y miradas de los electores/as con cargo a las cámaras, a las reformas jurídicas y las política públicas.
Entre los tipos de representación destacamos aquí la descriptiva, conformada por grupos de representantes que son más o menos proporcionales numéricamente a la población a la cual representan. También está la sustantiva, esto es, lo que cualitativamente se aborda y trabaja por los y las representantes. Supuestamente lo primero, esto es, el número va a tener incidencia en la agenda política y en la sociedad. Si bien es cierto que no tiene por qué darse siempre ni de forma automática.
Como definición básica diremos que
Las cuotas de género, más conocidas como cuotas de participación por sexo o cuotas de participación de mujeres, son una forma de acción positiva cuyo objetivo es garantizar la efectiva integración de mujeres en cargos electivos de decisión de los partidos políticos y del Estado. Es una medida de carácter compulsivo, que obliga a incorporar mujeres en listas de candidaturas o en listas de resultados electorales, y transitorio, puesto que supone una vigencia sujeta a la superación de los obstáculos que impiden una adecuada representación de mujeres en los espacios de poder y representación política.7
[Por su parte] La idea central de los sistemas de cuotas es seleccionar mujeres para puestos en las instituciones de gobierno y garantizar que éstas no queden marginadas de la vida política o tengan una presencia meramente decorativa [...] Hoy en día, los sistemas de cuotas buscan asegurar que las mujeres constituyan al menos una "minoría decisiva" del 30 al 40%. Las cuotas se pueden aplicar como una medida temporal, es decir, hasta que las barreras que impiden el acceso de las mujeres a la política sean eliminadas.8
Hay toda una polémica a favor y en contra de esta medida discriminatoria, correctora de una escasez, temporal y justificada en cada contexto social y en nuestros días.9 Si bien es cierto que se trata de discriminación en positivo, es discriminación al fin y al cabo, y el debate se centra en la justicia, equidad y carácter democrático de dicha medida. Pero por otro lado, otro tanto podríamos decir sobre la no presencia o reducida participación de las mujeres en los espacios de poder político. Por todo lo cual, llegar a una conclusión sobre el tema es poco menos que imposible, y sólo desde una posición político ideológica o jurídica se podría arribar. Aquí nos interesan los diferentes puntos de vista y la discusión, más que una respuesta o conclusión que por otra parte no parece tener visos de poner punto final a la polémica en nuestros días.
espero que te sirva natalia uwu