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Respuesta:
Explicación:
La conciliación es una figura que se fundamenta en la autonomía de la voluntad de las partes, por ello, un ciudadano que tenga un conflicto que no haya podido solucionar por su cuenta, puede acudir al Centro de Conciliación de la Personería de Santiago de Cali, con la documentación relacionada con el conflicto.
El servicio está dirigido especialmente a las personas que por su estratificación socioeconómica no están en capacidad de sufragar los costos de un centro de conciliación privado, de acuerdo a lo cual, la cuantía de los conflictos que se pueden conciliar no puede superar los 50 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
El usuario debe llenar el formulario de solicitud de audiencia de conciliación que podrá ser descargado o diligenciado sin ningún costo y con asesoría de funcionarios directamente en el Centro de Conciliación de la Personería de Cali. El Centro de Conciliación tiene un horario de servicio de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
Allí deberá registrar la información básica, como el nombre de quién solicita la audiencia y el nombre de la persona a quien convoca; una breve descripción de los hechos que generaron el conflicto; la pretensión y la cuantía si la hay.
El formato de solicitud junto a los documentos prueba del conflicto se quedarán en el Centro de conciliación a la espera que el Director del Centro de Conciliación revise el caso, asigne a un conciliador y determine fecha y hora de citación a audiencia. El Conciliador expide las respectivas citaciones a las partes implicadas y se enviarán por correo certificado a las partes involucradas en el conflicto.
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