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Respuesta:
La reforma se incluye dentro de la corriente jurídica mundial del constitucionalismo social y entre sus principales normas incorporó los derechos de segunda generación (laborales y sociales), la igualdad jurídica del hombre y la mujer, los derechos de la niñez y la ancianidad, la autonomía universitaria, la función social de la propiedad, la elección directa del presidente y el vicepresidente y la posibilidad de su reelección.
Fue derogada el 27 de abril de 1956 por "proclama" del dictador Pedro Eugenio Aramburu, en la segunda etapa de la dictadura cívico-militar autodenominada Revolución Libertadora que derrocó al presidente Perón, estableciéndose un nuevo esquema constitucional que colocó como norma suprema a "los fines de la revolución",1 y subordinada a los mismos, la Constitución Argentina de 1853 con sus reformas de 1860, 1866 y 1898.
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