que dice el artículo número 125 de la constitución política del Perú, con su respectiva interpretación. NO RESPONDA EL QUE NO SABE!!


ffalejos: y eso por que broo?
ffalejos: me haces un favor
juanpa7rigby2007: que
ffalejos: sabes como se mandan mensajes privados en brainly?
juanpa7rigby2007: no se puede
ffalejos: no?
ffalejos: por q varias veces encontré esa pregunta y no la pude responder
ffalejos: x eso te preguntaba
juanpa7rigby2007: a ok :v
ffalejos: gracias de todas formas

Respuestas

Respuesta dada por: rivisanahi
0

Respuesta:

El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan: 1.

Explicación:

Espero que te ayude uwu

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