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Artículo 19.
La Constitución asegura a todas las personas: 1º El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer. La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado.
Explicación:
corona pliss
hearthism61:
eso es derecho necesito un deber
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