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Una característica fundamental del sistema de gobierno republicano es la división de poderes, constitucionalmente establecida, que son usualmente tres, divididos en cuanto a su funciones específicas: un órgano administrador, representado en el Poder Ejecutivo, otro “hacedor de leyes” llamado Poder Legislativo, y otro que tiene la misión de aplicar esas leyes en los casos específicos sometidos a su apreciación, que es el Poder Judicial.
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