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Respuesta: Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, y la Ley Nº 27734, Ley que modifica diversos artículos de la Ley 26864 establecen que los partidos políticos deben incluir un 15% de representantes indígenas en sus listas a Consejos Regionales como a Consejos Municipales Provinciales; sin embargo, esto no incluye porcentajes de representación para el Congreso de la Republica
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