Consulta en la Constitución Política de Colombia y averigua que establece acerca de aplicación de las leyes indígenas

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Respuesta dada por: aruawinpro
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Respuesta:

Artículo XVI.  Derecho indígena

 

1. El derecho indígena deberá ser reconocido como parte del orden jurídico y del marco de desenvolvimiento social y económico de los Estados.  

2. Los pueblos indígenas tienen el derecho de mantener y reforzar sus sistemas jurídicos, y de aplicarlos en los asuntos internos en sus comunidades, incluyendo los sistemas relacionados con asuntos como la resolución de conflictos, en la prevención del crimen y en el mantenimiento de la paz y armonía.  

3. En la jurisdicción de cada Estado, los asuntos referidos a personas indígenas o a sus intereses, serán conducidos de manera tal de proveer el derecho a los indígenas de plena representación con dignidad e igualdad frente a la ley. Ello incluirá la observancia del derecho y costumbre indígena y, de ser necesario, el uso de su lengua.

Explicación:

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mariaferraad: añaseo
mariaferraad: gamsahabnida
aruawinpro: kheee?
huaweinuevo054: gracias por su respuesta
huaweinuevo054: hola me puede ayudar con un mapa conceptual
huaweinuevo054: Buenas noches me puede ayudar con un mapa conceptual de indigena
huaweinuevo054: aruawinpro ayuda con unas preguntas de un mapa conceptual
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