El señor Carlos Ramírez, con Ruc 17112345678001, persona natural, tiene un negocio de venta y suministro de útiles escolares con un capital de $40,000. Al 31 de diciembre, presenta los siguientes saldos: ingresos de $160,000 y egresos $100,00. ¿El señor Ramírez estará obligado a llevar contabilidad?
Respuestas
Qué es persona natural y persona jurídica?
Persona natural es aquella que tiene un negocio propio y debe hacerse cargo de deudas, transacciones y si el negocio quiebra se debe hacer cargo de ello también
En cambio, la persona jurídica es donde la empresa se hace cargo de todo lo que le corresponde a la persona natural, o sea se limita a lo que la empresa posee.
En éste caso el señor Carlos Ramírez sí debe llevar su contabilidad porque es algo que se obliga en el caso de tener un negocio.
Respuesta:
El señor Carlos Ramírez no está obligado a llevar contabilidad ya que su capital es menor de $180.000.00 que es lo establecido por el LORTI como mínimo para estar obligado a llevar su contabilidad, pero si puede llevar un libro con sus ingresos y egresos, claro que bajo ciertos términos: bajo la responsabilidad y con la firma de un contador público legalmente autorizado, e inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos.
Explicación:
espero te ayude :)